Lo deben pagar todos los concesionarios, permisionarios y titulares de licencia de servicios de telecomunicaciones que ocupen el espectro radioeléctrico.
Ej.: Radio Emisoras.
Este tipo de impuesto tiene un vencimiento anual (diciembre de cada año), se paga en UTM, y no tiene recargos legales adicionales.
Estas acreencias fiscales se recaudan a través de un formulario con cargo previo en la Cuenta Única Tributaria del Servicio de Tesorerías (formulario 20).
En caso de no pago de estas deudas, se inicia un proceso de cobranza administrativa y/o judicial, conforme a las normas de los artículos 168 y siguientes del Código Tributario.